Skip to main content
Skip to main content.

10 de julio de 2001

COMUNICADO DE PRENSA
10 de julio de 2001

PARA SU PUBLICACIÓN INMEDIATA

JURADO DE ACUSACIÓN PARA EL AÑO FISCAL 2001-02

La Corte Superior de California, condado de Alameda, anuncia a los miembros del jurado de acusación del condado de Alameda. Harry Sheppard, juez supervisor del Palacio de Justicia de Gale/Schenone y juez presidente electo de la Corte Superior de California, condado de Alameda, tomaron el juramento para el cargo de los miembros el 28 de junio de 2001. De conformidad con las disposiciones del Código Penal 901 (b), se volvió a nombrar a nueve miembros del jurado de acusación de 2000-2001.

Los miembros del jurado de acusación de 2001-2002 se mencionan a continuación:

Nuevamente nombrados

Keith Boyer, Castro Valley
Joel D. Flood, Berkeley
Levolia Hudson, Oakland
Charles J. Kadlecek, Castro Valley
Richard D. McDonald, Hayward
LaVon Neveau, Hayward
Henry J. Perry, Oakland
Nathan Shoehalter, Berkeley
James C. “Jim” Snell, Fremont

Miembros nuevos seleccionados por sorteo

Nathaniel Bornor, Oakland
Lillian L. Frazier, Hayward
Leo Gaspardone, Berkeley
Carl D. Jaramillo, Newark
Carl McCane, Oakland
Kathy Pearson, San Leandro
John J. “Patrick” Regan III, Castro Valley
William Samsel, Berkeley
Ellen Turinsky, San Leandro
Wayne Zimmerman, Sunol
Funciones del jurado de acusación

Relación con la corte

El jurado de acusación es una entidad judicial. La sección 888 del Código Penal define un jurado de acusación como “Un organismo con el número requerido de personas presentadas por los ciudadanos del condado ante una corte de jurisdicción competente…”.”. El jurado de acusación es un "organismo judicial", "un instrumento de las cortes de este estado". El jurado de acusación forma parte de la corte por la cual es convocado y está bajo el control de la corte. El jurado de acusación actúa como parte integral del sistema de la corte, sujeto a la supervisión general de la corte.

La acusación

La primera función del jurado de acusación es sopesar los cargos penales y determinar si deben presentarse las acusaciones.

La acusación

La segunda función del jurado de acusación es sopesar las alegaciones de mala conducta contra los funcionarios públicos y determinar si deben presentarse acusaciones formales solicitando su destitución del cargo.
 

El informe

Una tercera función del jurado de acusación es actuar como “guardián” del público investigando e informando sobre los asuntos del gobierno local.

La persona de contacto para este comunicado informativo es Barbara J. Fox, funcionaria ejecutiva adjunta principal al (510) 272-6504.

Was this helpful?

This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.